Datos del prestamo

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BIENESTAR otorga a sus afiliados cuatro tipos de préstamos. Destacamos la creación de un nuevo préstamo de urgencia destinado a financiar eventuales compromisos extraordinario que pueda tener un asociado. Del mismo modo, se ha hecho un esfuerzo en el sentido de disminuir las tasas de interés a fin de beneficiar mucho más a nuestros socios, en relación a los valores de cuotas que cobran las instituciones financieras.

 

TIPO DE CREDITO TASA DE INTERES PLAZOS MONTOS         OBSERVACIONES
Médico, Dental y/u Óptico 1% Hasta 36 cuotas Hasta $4.000.000

  • Programa médico, presupuesto, bonos, pre factura o factura.
  • Presupuesto entregado por la óptica
  • Presupuesto Dental con datos del dentista
  • Cuando el prestamos sea solicitado por situaciones de salud y exista un reembolso por parte de la cía. de seguros, el socio podrá actualizarla a que el cheque de reembolso sea emitido a nombre del Departamento de Bienestar, para ser abonado al crédito solicitado.

 

 

Crédito Vacaciones 0,5% Hasta 12 cuotas Hasta $1.000.000
  • El socio deberá presentar la solicitud de vacaciones firmada por su Jefatura o copia de resolución que autoriza el feriado legal.
  • Este tipo de préstamos se otorga una vez al año
  • La fecha del feriado no puede ser mayor ni menor a 2 meses de la fecha de la solicitud
Crédito de Urgencia 1% Hasta 6 cuotas Hasta $200.000
  • Puede otorgarse sólo 2 créditos de este tipo al año
  • No se puede tener un crédito similar vigente a la fecha de solicitud.
  • Es compatible con otros créditos personales de mayor monto y plazos
  • No es posible repactar este tipo de crédito
Crédito Personal 1,15 % Hasta 36 cuotas Hasta $4.000.000
  • Podrá solicitar más de un préstamo al año siempre y cuando tenga el alcance líquido.
Préstamo Social 0.75% Hasta 24 meses Hasta

$1.000.000

  • Este tipo de préstamo se otorga sólo en situaciones de excepción.
  • El área social deberá presentar un informe social.
  • Este préstamo otorga un mes de gracia para el pago de la primera cuota.

Requisitos que deben cumplir los beneficiarios

El socio solicitante y su(s) codeudor(es) solidario(s) deben:

  • Estar afiliados al Departamento de Bienestar y tener una antigüedad de 6 meses
  • Tener un alcance disponible del 40% de su sueldo líquido libre para poder generar el descuento de la cuota a pagar en liquidación de sueldo, en el caso de los socios activos. En el caso de los socios pasivos, deberán cancelar directo en Bienestar.
  • Estar al día en las cuotas sociales
  • No haber tenido ningún tipo de préstamo que haya sido traspasado a sus codeudores solidarios.
  • No tener deudas morosas de ningún tipo con el Bienestar

Documentos mínimos que deberán presentar:

  • El socio deberá llenar una solicitud de crédito.
  • Entregar las dos últimas liquidaciones de sueldo tanto del titular de la deuda como del (los) codeudor(es)
  • Entregar fotocopia de la cedula de identidad vigente, por ambos lados, tanto del titular de la deuda como del (los) codeudor(es)
  • Fotocopia de las dos últimas liquidaciones de pensiones para socios pasivos.

 

Todos los créditos deberán acreditar uno o dos codeudores solidarios, según lo establecido en el reglamento, de acuerdo a lo siguiente:

 

  • 1 codeudor para créditos de hasta UF 50, afiliados al Departamento de Bienestar, titulares o contrata en sus cargos.
  • 2 codeudores para créditos mayores a UF 50, afiliados al Departamento de Bienestar, titulares o contrata en sus cargos.

 

Sólo podrán ser codeudores solidarios los socios activos del Departamento de Bienestar.

 

Los socios que posean créditos vigentes, deberán contar con codeudores vigentes. En caso que alguno de(los) codeudor(es) solidario(s) constituidos dejara de reunir cualquiera de los requisitos mencionados en punto N° 4, el deudor principal deberá constituir una nueva caución suficiente.

 

  1. En caso de que el titular del préstamo no cumpla con la obligación contraída,  se procederá a traspasar al codeudor solidario, lo adeudado desde el 2° mes de morosidad en adelante, hasta que se cumpla el pago total de la deuda.

 

  1. Los socios cuya deuda haya sido traspasada a sus codeudores no podrán solicitar otro nuevo préstamo, no podrá impetrar beneficios, a excepción del Beneficio del Seguro Complementario de Salud, ni podrán renunciar al Departamento de Bienestar hasta que los codeudores certifiquen, mediante carta dirigida al Consejo de Bienestar, que el socio titular les ha cancelado el total de la deuda. El nuevo préstamo deberá ser solicitado al Consejo de Bienestar.

 

  1. Mientras la deuda se encuentre vigente, tanto el deudor titular como el(os) codeudor solidario(s) no podrá renunciar al Departamento de Bienestar.

 

REPACTACIONES:

  • Para entregar un nuevo crédito, cuando se tiene uno vigente, deben estar pagadas el 40% del número total de cuotas convenidas originalmente.
  • Además, se deberá presentar una nueva solicitud de crédito con documentación vigente del socio y sus codeudores solidarios según corresponda.

 

Todos los préstamos que otorga el Departamento de Bienestar se cursarán según las disponibilidades financieras del Servicio.


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