En el contexto de los efectos derivados de la contingencia sanitaria en curso a causas del Covid-19, y con la finalidad de resguardar la salud de nuestros asociados, evitando contactos innecesarios en los equipos de trabajo y entre los funcionarios y afiliados al Servicio de Bienestar, hemos estimado necesario adoptar las siguientes medidas, en concordancia con las instrucciones que hemos recibido de la Superintendencia de Seguridad Social, organismo que controla a los Departamentos de Bienestar.
1.-CANALES REMOTOS:
Hemos implementado la atención a nuestros afiliados por canales remotos, vía correo electrónico y sitio web de Bienestar “bienestar.pjud.cl”, tomando todas las medidas de seguridad adecuadas y que aseguren un buen servicio.
2.-PLAZOS EN GENERAL:
Se amplían por tres meses los plazos, para percibir los diferentes beneficios que otorga el Departamento de Bienestar, desde 180 días hasta 270, con excepción del plazo de la Compañía de seguros que rige para solicitar los reembolsos de los gastos de salud que aumentaron de 90 a 120 días. En cuanto al plazo de apelación a los rechazos de la compañía de seguros, se aumentó de 60 a 90 días y la extensión de las recetas a permanencia de 6 meses a 8 meses.
3.-SERVICIO DE LOS PRÉSTAMOS
A petición del afiliado deudor y por razones justificadas, hemos establecido un cupo mensual de hasta 30 millones, para trasladar una cuota del préstamo hacia el final del plazo original, sin cobrar recargos o multas por mora producida por el estado de emergencia .Este cupo es función de nuestra capacidad financiera, para no comprometer la entrega y el pago de los beneficios presupuestados para el presente año.
Los socios podrán reprogramar una cuota de sólo un préstamo vigente. En caso que el afiliado desconozca los datos requeridos del préstamo, puede visualizarlo en nuestra página web www.bienestar.cl, sección préstamos. Para acceder, debe ingresar su RUT sin puntos, ni guion, ni digito verificador y su contraseña de sólo 8 caracteres, la misma que utiliza para auto consulta “mis datos”
Los afiliados que deseen optar a este beneficio deberán solicitarlo por escrito, ingresando los datos que se solicita en el formulario llamado “Reprogramación de Préstamos” el cual se encuentra adjunto a este comunicado o el que podrán visualizar haciendo clic aquí , luego deberán enviar el formulario a la siguiente dirección: bienestar_prestamos@pjud.cl , solicitud dirigida al Jefe de Bienestar, quien administrará este cupo mensual, durante los tres meses que dura este beneficio y con el cupo de hasta 30 millones.
Las solicitudes se comenzarán a recibir desde hoy y hasta el 31 de mayo de 2020, para hacer efectivo este beneficio a partir del sueldo del mes de junio 2020. Los cupos se asignarán por orden de llegada y se cerraran automáticamente al completar el monto de 30 millones, no se reservarán o asignaran cupos de un mes para otro.
Respecto de los préstamos que cayeran en insolvencia durante este periodo y por los cuales corresponde el respectivo traspaso de deudas a los codeudores, estos también podrán solicitarlo, mediante el mismo documento, que el descuento también comience a realizarse de manera diferida hasta en 1mes, a fin de que puedan empezar a pagar lo adeudado.
Sin otro particular saluda cordialmente,
DEPARTAMENTO DE BIENESTAR
“Cada día más y mejores beneficios para usted y su familia”
*El Departamento de Bienestar del Poder Judicial es fiscalizado por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl)