Preguntas frecuentes

Afiliación ➤
¿Qué funcionarios pueden afiliarse al Departamento de Bienestar? ➤

La afiliación es voluntaria y está disponible para todos los funcionarios titulares y a contrata que se encuentren en funciones activas del Poder Judicial.

Importante: No pueden afiliarse quienes tengan la calidad de suplente externo.

¿Cómo puede afiliarse al Departamento de Bienestar? ➤

La afiliación se realiza en línea a través de nuestra plataforma web.

Acceda aquí.

¿Cuánto debo pagar mensualmente para estar afiliado? ➤
  • Cuota de incorporación: se paga una sola vez. Para el año 2026, el monto asciende a $21.305.
  • Cuota mensual: corresponde al 2% de la remuneración imponible, con descuento directo en la liquidación de sueldo.
¿La cuota mensual incluye el costo del seguro? ➤

Sí. La cuota mensual incluye el seguro complementario de salud, tanto para el afiliado como para sus cargas legales acreditadas ante Recursos Humanos.

¿Desde cuándo soy afiliado(a)? ➤
  • Solicitud hasta el día 24: afiliación desde el primer día hábil del mes siguiente.
  • Solicitud después del día 24: afiliación desde el primer día hábil del mes subsiguiente.

En ambos casos, la vigencia queda sujeta a la aprobación del Consejo Administrativo.

Reincorporación ➤
¿Puedo volver a afiliarme si renuncié? ➤

Sí. Para solicitar su reincorporación deberá enviar:

  • Carta de solicitud dirigida al Consejo Administrativo, indicando el motivo de la renuncia y la intención de reintegrarse.
  • Formulario de afiliación.

Enviar la documentación a bienestar@pjud.cl o por correo certificado al Departamento de Bienestar.

¿Desde cuándo puedo utilizar los beneficios? ➤

Beneficios médicos:

  • Primera reincorporación: desde el primer día del cuarto mes.
  • Segunda reincorporación o más: desde el primer día del séptimo mes.

Demás beneficios: desde el primer día del séptimo mes.

Convenios: desde el primer día del mes de la reincorporación.

Renuncias ➤
¿Cómo puedo renunciar y cuándo se hace efectiva? ➤

Debe enviar una carta formal dirigida al Consejo Administrativo indicando el motivo de la renuncia.

Si la solicitud es recibida antes del día 24 del mes y es aprobada, la renuncia se hará efectiva a partir del mes siguiente.

¿Puedo renunciar si tengo un crédito vigente? ➤

No. Mientras la deuda esté vigente, no podrá solicitar su renuncia voluntaria.

Afiliados que se acogen a jubilación ➤
¿Puedo seguir afiliado(a)? ➤
  • Formulario Continuidad de Afiliado Pasivo.
  • Liquidación de pensión o documento en trámite.
  • Formulario de actualización de antecedentes.
  • Resolución de cese de funciones.
¿Puedo acceder a beneficios durante el trámite? ➤

No. Los beneficios quedan suspendidos hasta obtener la calidad de afiliado(a) pasivo(a).

¿Cómo mantengo la cobertura de seguros? ➤

Debe pagar directamente la prima del seguro. Monto 2026: $42.538.

Desafiliaciones - Pagos Pendientes ➤
¿Cómo pago un préstamo si dejo la institución? ➤

La deuda será trasladada íntegramente a los codeudores solidarios.

¿Qué ocurre si estoy con permiso sin goce? ➤

Debe pagar sus cuotas sociales directamente al Departamento de Bienestar, según Decreto N.º 28 de la SUSESO.

¿Qué ocurre con convenios con descuento por planilla? ➤

Debe pagar directamente a cada proveedor.

Subsidios ➤
¿Desde cuándo puedo solicitarlos? ➤

A partir del séptimo mes desde su afiliación.

¿Hasta cuándo puedo solicitarlos? ➤

Hasta el último día del quinto mes desde ocurrido el hecho.

Préstamos ➤
¿Todos los préstamos requieren codeudor? ➤
  • Montos menores a UF 50: 1 codeudor.
  • Montos iguales o superiores a UF 50: 2 codeudores.
¿Responsabilidad del codeudor? ➤

Se descuenta desde el segundo mes de mora hasta saldar la deuda.

¿Cómo pago cuotas en mora? ➤

Transferencia BancoEstado CC 9018565 – RUT 60.301.009-4.

Enviar comprobante a bienestarpagos@pjud.cl.

Seguros y Reembolsos ➤
Seguro Complementario de Salud ➤

Reembolsa el 80% de copagos GES.

  1. Boleta o bono GES/CAEC.
  2. Receta médica.
  3. Formulario firmado.
  4. Documento de atención GES.
Seguro de Vida ➤

La designación de beneficiarios no es obligatoria, pero es recomendable.

Rechazos de reembolso ➤

Revise la carta de rechazo y envíe antecedentes adicionales si corresponde.

Consultas a bienestar@pjud.cl.