Le damos la bienvenida al Departamento de Bienestar del Poder Judicial. La afiliación es voluntaria y permite acceder a beneficios orientados a apoyar su bienestar y el de su grupo familiar
Pueden afiliarse los funcionarios con calidad de:
No pueden afiliarse los funcionarios con calidad de suplentes externos
Las solicitudes ingresadas hasta el día 25 de cada mes, y que sean aprobadas, comenzarán a regir desde el primer día hábil del mes siguiente.
Para que sus cargas legales accedan a beneficios, deben estar acreditadas y autorizadas por la CAPJ. Para acreditarlas: cargasfamiliares@pjud.cl
Beneficios médicos:
Para reincorporarse debe enviar carta indicando las razones a: bienestar@pjud.cl
Los convenios que no implican gasto directo para Bienestar pueden utilizarse desde el primer día del mes de afiliación.
Podrán solicitarse desde el séptimo mes de afiliación o reincorporación, salvo aquellos que tengan plazos especiales.