Afíliese a Bienestar

Le damos la bienvenida al Departamento de Bienestar del Poder Judicial. La afiliación es voluntaria y permite acceder a beneficios orientados a apoyar su bienestar y el de su grupo familiar

¿Quiénes pueden afiliarse?

Pueden afiliarse los funcionarios con calidad de:

  • Titular
  • Contrata

No pueden afiliarse los funcionarios con calidad de suplentes externos

Costos de afiliación

  • Cuota de incorporación: pago único equivalente al 12,5% del aporte fiscal anual (Referencia 2026: $21.305)
  • Aporte mensual: Corresponde al 2% de la renta imponible

Inicio de vigencia

Las solicitudes ingresadas hasta el día 25 de cada mes, y que sean aprobadas, comenzarán a regir desde el primer día hábil del mes siguiente.

Cargas familiares

Para que sus cargas legales accedan a beneficios, deben estar acreditadas y autorizadas por la CAPJ. Para acreditarlas: cargasfamiliares@pjud.cl

Acceso a beneficios

Beneficios médicos:

  • Afiliación inicial: desde el primer día del mes de incorporación.
  • Primera reincorporación: desde el cuarto mes.
  • Segunda o más reincorporaciones: desde el séptimo mes.

Para reincorporarse debe enviar carta indicando las razones a: bienestar@pjud.cl

Convenios

Los convenios que no implican gasto directo para Bienestar pueden utilizarse desde el primer día del mes de afiliación.

Otros beneficios

Podrán solicitarse desde el séptimo mes de afiliación o reincorporación, salvo aquellos que tengan plazos especiales.